Redacción Internacional.- Las nuevas disposiciones migratorias permiten evaluar beneficios como Medicaid y SNAP al momento de solicitar la residencia permanente, aunque recibir estas ayudas no implica automáticamente el rechazo de la solicitud.
Estados Unidos.– El Gobierno estadounidense comenzó a aplicar nuevas disposiciones para quienes solicitan la residencia permanente o green card, que amplían los criterios utilizados para determinar si un inmigrante podría depender de la asistencia pública.
Las medidas, vigentes desde el 18 de septiembre de 2026, permiten que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) examine una mayor variedad de beneficios gubernamentales al evaluar determinadas solicitudes de ajuste de estatus.
La modificación fue establecida por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) mediante una regla publicada el 20 de julio de 2026, que dejó sin efecto la regulación de carga pública aprobada en 2022.
¿Qué cambia para quienes solicitan la residencia?
Bajo las nuevas disposiciones, las autoridades migratorias pueden considerar programas de alimentación, vivienda, salud y asistencia económica, siempre que su acceso dependa de los ingresos o recursos financieros del beneficiario.
Entre los beneficios que podrían ser evaluados figuran Medicaid, el Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP), subsidios de vivienda y determinadas ayudas educativas.
Sin embargo, USCIS aclara que recibir asistencia gubernamental no significa que una solicitud de residencia será rechazada automáticamente, ya que cada expediente debe analizarse de manera individual.
Los funcionarios deberán considerar factores como edad, salud, situación familiar, ingresos, bienes, educación y habilidades laborales, además del respaldo económico que pueda proporcionar un patrocinador.
¿A quiénes afectan las nuevas reglas?
Las disposiciones se aplican principalmente a los inmigrantes que presentan el Formulario I-485 para ajustar su estatus migratorio dentro de Estados Unidos y que no están exentos de la evaluación por carga pública.
Las solicitudes presentadas y aceptadas antes del 18 de septiembre de 2026 permanecen bajo la regulación anterior, aunque todavía se encuentren pendientes de una decisión.
Asimismo, los beneficios recibidos únicamente antes de esa fecha se evalúan conforme a las disposiciones anteriores, mientras que las ayudas utilizadas después podrían ser consideradas bajo los nuevos criterios.
La normativa no establece requisitos específicos para dominicanos, latinos ni inmigrantes de una nacionalidad determinada, sino que depende de la categoría migratoria y las condiciones individuales de cada solicitante.
USCIS exige una nueva versión del formulario
Otro cambio importante es la actualización del Formulario I-485, utilizado para solicitar la residencia permanente mediante ajuste de estatus.
Desde el 18 de septiembre, USCIS exige la edición 09/18/26, que incorpora preguntas sobre la solicitud y recepción de beneficios públicos sujetos a verificación de recursos económicos.
La agencia dejó de aceptar las versiones anteriores para solicitudes presentadas a partir de esa fecha, por lo que utilizar un formulario desactualizado podría provocar el rechazo de la documentación.
Los solicitantes también deberán proporcionar información sobre las ayudas recibidas, incluidos montos, fechas y motivos, cuando corresponda.
¿Quiénes están exentos de estas medidas?
La regulación contempla excepciones para determinados grupos migratorios, entre ellos refugiados, asilados, sobrevivientes de violencia doméstica que ajustan su estatus bajo la Ley de Violencia contra la Mujer y beneficiarios de visas T y U.
También existen exenciones para jóvenes inmigrantes especiales y ciertos solicitantes cubanos y haitianos, conforme a las disposiciones establecidas por la legislación estadounidense.
El USCIS recomienda que quienes soliciten la green card utilicen la versión vigente del formulario y presenten documentación suficiente sobre su situación económica, empleo, ingresos y posibles beneficios públicos.
La agencia reiteró que la evaluación de carga pública debe realizarse considerando el conjunto de circunstancias de cada persona, sin que un único beneficio gubernamental determine automáticamente la aprobación o denegación de la residencia permanente.


